En caso de encontrar un trabajador, estos son los trámites a realizar:
- Inscripción de la empresa: Este trámite va dirigido a las empresas que contraten trabajadores por primera vez. Deberán solicitar su inscripción en la Tesorería General de la Seguridad Social antes de contratar a los trabajadores.
- Afiliación de los trabajadores: En el caso que no estén afiliados y vayan a iniciar una actividad laboral. Este trámite se realiza en la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social de la provincia donde se domicilie la empresa contratadora.
- Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social: El empresario está obligado a comunicar el alta, baja o cualquier variación en los datos del trabajador.
- Alta de los contratos de trabajo: Este trámite obligatorio consiste en dar de alta o legalizar los contratos de los trabajadores.
- Comunicación de apertura del centro de trabajo: Una vez constituida la empresa o iniciada la actividad del empresario, se ha de comunicar la apertura del centro de trabajo. Este centro de trabajo se refiere al área, ya sea edificada, como una oficina, o no, en la cual los trabajadores realicen su actividad.
- Calendario laboral: Cada centro de trabajo ha de disponer de un calendario que especifique los días laborales de la empresa, días festivos, descansos, etc. Cada año se ha de renovar.